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ESTATUTO SOCIAL

ESTATUTO SOCIAL DE LA ASOCIACION CORDOBESA DE EMPLEADOS DE CASINOS CAPITULO I - DEL NOMBRE CONSTITUCION Y DOMICILIO

ARTICULO 1º- En la Provincia de Córdoba, Departamento Roque Sáenz Peña, República Argentina, a los veintiún días del mes de Julio de mil novecientos setenta y cuatro, se declara constituida la Asociación Cordobesa de Empleados de Casinos, con Inscripción Gremial Nº 1433, otorgada por Resolución Nº 279 de fecha 19/03/88, y con Personaría Gremial Nº1532 otorgada por resolución Nº 1216,de fecha 14/11/94, ambas del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación, que agrupa en su seno al Personal de los Casinos, Bingos, salas de juegos, traga monedas, y al personal relacionado con juegos de azar ya sean los mismos de carácter Estatal, Mixtos o Privados y al personal que se desempeñe en Lotería de Córdoba S.E o ente rector o de contralor de juegos de azar en la provincia de Córdoba, y sus análogos en el resto de las provincias o territorio nacional, en sus distintas categorías profesionales, como también aquellos que en atención a la naturaleza, transitoriedad y ejecución de sus prestaciones coadyuvan en la ejecución de servicios o tareas de Casinos, Bingos, salas de juego, traga monedas, y Lotería de Córdoba S.E. (o sociedades análogas en el resto de las provincias o territorio nacional), también aquellos que cumplan funciones técnicas en labores auxiliares y subsidiarias de la especialidad de juegos y cuyos servicios sean prestados en unidades económicas y jurídicas estatales, mixtas o privadas sobre lo cual el estado nacional, provincial o municipal ejercieran el poder de potestad de contralor de juegos de azar  y salas de juego de azar, salas de maquinas traga monedas, Casinos y Bingos electrónicos, Casinos flotantes, salas de esparcimiento y ocio, agencias de apuestas hípicas, agencias oficiales de loterías y quinielas, canódromos, juegos electrónicos, bowlings familiares o profesionales, parque temáticos de juegos de azar, telecomunicaciones en régimen de competencia y apuesta, maquinas o juegos de azar, Empresas, Establecimientos Públicos, Privados o Mixtos, instalados o que se instalen en el ámbito del territorio nacional, cualquiera fuera su denominación actual o futura que los usos y costumbres o la tecnología moderna imponga, tanto en instalaciones fijas como a bordo de medios de transportes. Agrupando a todo el personal que preste servicio en relación de dependencia con respecto a los empleadores descriptos. Fija como domicilio legal la Ciudad de Córdoba. Capital de Provincia y como zona de actuación todo el ámbito de la República Argentina. Su objeto como asociación gremial y profesional, es consolidar la entidad de primer grado, con carácter permanente, para la defensa de los intereses gremiales y profesionales de acuerdo a las normas vigentes y a la que en forma expresa se establece en el presente estatuto.